El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha aceptado que uno padre de dos alumnos de un instituto -no se concreta cuál- se persone como parte afectada en la sentencia del 25% de castellano y pueda pedir elejecución forzosa de esta resolución que afectaen todo el sistema educativo de Cataluña. Es decir, que un solo padre pueda forzar la imposición de más castellano en todas las aulas del país. La resolución cuenta con un voto particular que firman dos magistrados. El Gobierno tiene de plazo hasta el 31 de mayo para aplicar esta sentencia y el Parlament trabaja contrarreloj para hacerle frente.
En una auto hecha pública este jueves, de 10 páginas, la sección quinta de la sala contencioso-administrativa dice que debe reconocerse la condición de afectado en las familias concretas -tanto a los alumnos como a sus padres- porque «pueden resultar tanto beneficiados por la ejecución de la sentencia como perjudicados de su inejecución».
El tribunal cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo para fundamentar su decisión y concluye que «se debe reconocer la legitimación de los alumnos y sus padres que comparecen con la legitimación que les otorga la condición de usuarios singulares de un centro escolar concreto».
La decisión de los jueces va en contra de lo que pedía la Generalitat, que alegaba la falta de legitimación de un padre concreto para pedir la ejecución forzosa en todo el sistema educativo. ElAbogacía del Estado precisaba que la legitimación debía limitarse a lo que afecta a los hijos de este señor, y no a todo el sistema educativo.
Dos jueces se oponen
El auto está firmado por tres magistrados, ya que los otros dos han formulado uno voto particular discrepante. Ambos creen que debería rechazarse la personación del padre de dos alumnos. Así, consideran que si en las reclamaciones individuales en anteriores casos se aceptaban padres que pedían cambiar la atención lingüística de sus hijos en concreto, pero se rechazaba la pretensión de cambiar todo el sistema educativo, ahora debería hacerse lo mismo, ya que ningún familia puede «atribuirse la representación del interés colectivo».
En el voto particular, los magistrados alegan que si se admiten individualmente las personaciones de «decenas de miles» de padres en la ejecución de la sentencia, se convertiría el tribunal en un mecanismo de tutela de la prestación del servicio en cada una de las miles de aulas de Cataluña. Así, consideran que la sentencia del propio TSJC quiere garantizar una regla, «no perseguir excepciones puntuales o singulares» e incumplimientos episódicos.
Un guardia civil también podría pedirlo
Por su parte, la asociación de guardias civiles Jucil pedía la ejecución forzosa de la sentencia, que se garantizara que cualquier hijo de guardia civil destinado a Cataluña reciba al menos el 25% de las horas de clase en castellano y que se indemnice a las familias con 450 euros por cada trimestre que no se cumpla la sentencia. Tanto la Generalitat como la Abogacía del Estado dijeron que Jucil no está legitimada para solicitar la ejecución forzosa.
El tribunal no ha aceptado la personación de Jucil, puesto que en sus estatutos sólo alega que defiende el derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar de sus asociados, pero los magistrados no aprecian una relación de ello con la sentencia sobre el castellano en la escuela. Sin embargo, sí abre la puerta al hecho que cada guardia civil personalmente se persone a la causa si sus hijos acuden a escuelas catalanas.